Responsabilidad en Derecho Aeronáutico

Universidad de Buenos Aires Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Departamento de Derecho Económico y Empresarial Materia: Responsabilidad en Derecho Aeronáutico Cátedra: Derecho de la Navegación Profesor Titular: Dra. Haydée Susana Talavera Todos los documentos incluídos en este blog han sido previamente publicados en internet. posted by Derecho Aeronáutico | 12:34 PM | 0 comments

martes, noviembre 27, 2007

Fallo transporte de carga. Fallo de Corte

L. 87. XXXIV.
Las Heras, Oscar Alfredo y otro c/ Avianca
Aerovías Nacionales de Colombia y otra s/
ordinario.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
-1-
Buenos Aires, 21 de diciembre de 1999.
Vistos los autos: ALas Heras, Oscar Alfredo y otro c/
Avianca Aerovías Nacionales de Colombia y otra s/ ordinario@.
Considerando:
1E) Que la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones
de Córdoba, Sala A, modificó parcialmente lo resuelto
por el juez inferior en grado y declaró el derecho de los
actores a percibir, conforme a las pautas que estableció, una
indemnización por los daños y perjuicios sufridos con motivo
del retraso en el transporte aéreo de mercaderías efectuado
desde la ciudad de Córdoba, Argentina, hasta la ciudad de
Cúcuta, Colombia. Asimismo, revocó lo resuelto sobre la defensa
de falta de legitimación planteada por la empresa
Avianca, a la que condenó solidariamente con Aerolíneas Argentinas.
Finalmente, confirmó la distribución de las costas
en la proporción dispuesta en la instancia anterior, y las
impuso en forma solidaria a las codemandadas y a la citada en
garantía, en los límites de su relación con Aerolíneas Argentinas.
2E) Que contra ese pronunciamiento y aclaratoria de
fs. 1051/1052, dedujeron sendos recursos extraordinarios los
actores, las codemandadas Avianca -Aerovías Nacionales de
Colombia- y Aerolíneas Argentinas, y la Caja Nacional de Ahorro
y Seguro, los cuales fueron concedidos por el a quo a fs.
1138/1138 vta. con fundamento en el art. 14, inc. 3E, de la
ley 48, por cuanto se halla en juego la aplicación e interpretación
de normas federales, a saber, los tratados internacionales
que rigen el transporte aéreo de mercaderías.
3E) Que la materia federal en juzgamiento ha sido
adecuadamente tratada por el señor Procurador General de la
Nación en su dictamen de fs. 1164/1178, a cuyos fundamentos y
-2-
conclusiones corresponde remitirse, por razones de brevedad.
Por ello, se resuelve: a) hacer lugar parcialmente al
recurso extraordinario de Avianca Aerovías Nacionales de
Colombia y revocar la sentencia apelada en cuanto la estimó
solidariamente responsable del daño causado por el retardo en
la entrega de la mercadería amparada por la guía nE
044-28054526; b) declarar parcialmente procedentes los
recursos federales interpuestos en cuanto a la determinación
del monto de la indemnización, la que deberá ser nuevamente
establecida por la jurisdicción de reenvío, conforme a lo que
surge de los capítulos XIII a XV del dictamen del Procurador
General; c) imponer las costas de esta instancia
extraordinaria en el orden causado en atención a los
vencimientos recíprocos. Vuelvan los autos al tribunal de
origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo
pronunciamiento con arreglo a lo dispuesto en el punto b.
Notifíquese y, oportunamente, remítanse. JULIO S. NAZARENO -
CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO
A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.
ES COPIA

1 Comments:

Blogger dchoaeronautico said...

novedades.

9:36 a. m.  

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